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*SEPA e IVA de caja

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Tags: sepaiva

SEPA

A partir del 1 de Febrero de 2014 entra en vigor la normativa SEPA que tiene como
objetivo unificar los pagos en euros para las transacciones bancarias en todos los países de la Unión Europea. La SEPA supone la completa unificación en la forma de hacer pagos en euros, principalmente mediante el empleo de transferencias, adeudos domiciliados y tarjetas de pago.  


Entre otros aspectos, SEPA supone la utilización de códigos IBAN y BIC en lugar de la cuenta corriente que históricamente se ha venido utilizando en cada país. También, la inclusión en la norma que se envía al banco, de la referencia única del “Mandato”.
(http://www.sepaesp.es/sepa/es/)


IVA DE CAJA

El régimen entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y podrán acogerse a él voluntariamente todas aquellas empresas con un nivel de facturación que no exceda los dos millones de euros. El principal cometido es impedir que pymes y autónomos con deudas sin cobrar deban adelantar el IVA a Hacienda antes de cobrar sus deudas.

Así, una empresa o autónomo acogido al régimen especial, puede facturar bajo este
criterio a otros sujetos que no estén en este sistema. Sin embargo, aquellas compañías que reciban facturas con criterio de caja, aún si no están en este sistema, deberán declarar la operación cuando la abonen y, por tanto, solo entonces podrán deducirse el IVA.

(http://www.agenciatributaria.es)

Solmicro ha previsto con antelación las soluciones ante estos dos importantes cambios legales que se avecinan. Estas soluciones están listas para las distintas versiones de producto, y serán puestas en marcha en los clientes al amparo de los contratos de mantenimiento suscritos y Garantía de Evolución Tecnológica.

Fuente: Solmicro



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